XI. PREVIATURAS

34.° Para que un estudiante tenga derecho a rendir un examen y aprobar un curso deberá tener aprobado él o los cursos previos de acuerdo con las previaturas que se establecen a continuación:
Para poder rendir TEORÍA DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL (2.°) es necesario tener aprobado INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LA COMUNICACIÓN (1.°).
Para poder rendir INTRODUCCIÓN A LAS TÉCNICAS DE LA INVESTIGACIÓN (2.°) es necesario tener aprobado MÉTODOS LÓGICO CUANTITATIVOS (1.°).
Para poder rendir LENGUAJE AUDIOVISUAL (3.°) es necesario tener aprobado LENGUAJE Y ESTÉTICA DE LA IMAGEN (2.°) y LENGUAJE Y ESTÉTICA DEL SONIDO (2.°).
Para poder rendir SEMIÓTICA Y TEORÍA DE LA INTERPRETACIÓN (3.°) es necesario tener aprobado TEORÍA DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL (2.°).
Para poder rendir EPISTEMOLOGÍA DE LAS CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN (3.°) es necesario tener aprobado TEORÍA DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL (2.°) e INTRODUCCIÓN A LAS TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN EN COMUNICACIÓN (2.°).
Para poder rendir SOCIOLOGÍA DE LA COMUNICACIÓN (3.°) es necesario tener aprobado SOCIOLOGÍA (1.°).

Para rendir los exámenes de cuarto año los estudiantes no podrán tener pendientes de aprobación otras asignaturas que no sean Antropología Cultural, Derecho, Deontología y Ética y Psicología Social.
36.° Este reglamento estará siempre visible en la cartelera de la Bedelía.

37.° Todas las excepciones debidamente justificadas y todos los aspectos no previstos en este reglamento necesariamente deberán ser resueltos por la Comisión Directiva de la Licenciatura, previo informe de la Comisión de Enseñanza.


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